Se modifica el valor del seguro mercantil obligatorio para comprendidos en el Convenio Colectivo de Empleados de Comercio

El Seguro de Vida Obligatorio del Convenio Colectivo de Trabajo para Empleados Mercantiles Nº 130/75 rige con carácter obligatorio para todos los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo para Empleados de Comercio.


Es independiente de cualquier otro seguro o beneficio, y se suma al seguro de vida obligatorio. Hasta septiembre el capital asegurado equivalía a 12 sueldos del empleado administrativo categoría “A” de dicho convenio.

Conforme al incremento salarial establecido en Octubre, los empleados de comercio comprendidos en la convención colectiva de trabajo N° 130/75 han actualizado su escala salarial en forma escalonada, lo que repercute en forma directa en los capitales asegurados previstos en el artículo N° 97 del mencionado convenio, el que establece un seguro de vida de contratación obligatoria para todos los empleados de ese sector.

Consecuentemente los importes de las sumas aseguradas individuales se han actualizado conforme al siguiente detalle:

Octubre a Diciembre de 2016……………...…… $ 172.773
Enero de 2017 en adelante……………………… $ 191.935



Marcelo Buratti Productor de seguros
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